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Plan de Igualdad: ¿qué es y qué empresas están obligadas a implementarlo?

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Un Plan de Igualdad es un conjunto de medidas ordenadas, recogidas después de llevar a cabo un análisis de la situación de la empresa, que pretende conseguir la igualdad entre mujeres y hombres.

¿Qué empresas están obligadas a implementar un Plan de Igualdad?

Todas las entidades y organismos públicos y todas las empresas que computen 50 o más personas trabajadoras están obligadas a implementar un Plan de Igualdad, según el Drecreto-ley 6/2019 que modifica en el apartado 2 del artículo 45 de Ley orgánica 3/27.

¿Cómo se computa la plantilla?

Los días 30 /06 y 31/12 de cada año las empresas tendrán que efectuar el cómputo de personas trabajadoras en su plantilla, siendo la unidad de referencia la empresa en su totalidad, no el centro de trabajo.

El cómputo se realizará: A+B=Computo

La totalidad de las personas trabajadoras a dichas fechas, cualquiera que sea la forma de contratación laboral, incluidas las personas con contratos fijos discontinuos, con contratos de duración determinada y personas con contratos de puesta a disposición. En todo caso, cada persona con contrato a tiempo parcial se computará con independencia del número de horas de trabajo, como una persona más.

Los contratos de duración determinada, cualquiera que sea su modalidad que, habiendo estado vigentes en la empresa durante los 6 meses anteriores se hayan extinguido en el momento de efectuar el cómputo. En este caso, cada 100 días trabajados o fracción se computará como una persona trabajadora más.

Este cómputo deberá efectuarse a efectos de comprobar si se alcanza o no el umbral de personas de plantilla que hace obligatorio el plan de igualdad, una vez alcanzado el umbral, nace la obligación de su implantación.

Fases del Plan de Igualdad

Primer año:

Fase 1: Negociación del Plan.

Fase 2: Formación y capacitación de la Comisión Negociadora.

Fase 3: Diagnóstico inicial, incluye Registro y Auditoría Retributivas.

Fase 4: Propuestas de un Plan de Acción.

Fase 5: Registro en el REGCON y solicitud de sellos de igualdad.

Segundo y tercer año:

Fase 1: Actualización del Registro Salarial

Fase 2: Evaluar consecución de objetivos y seguimientos de acciones realizadas mediante participación actividad en las reuniones de la Comisión Negociadora.

Fase 3: Elaboración de informe de evaluación de las medidas acordadas con la Comisión Negociadora.

Fase 4: Formación y sensibilización de toda la plantilla (campus online)

Fase 5: Medición de la percepción de la implantación de igualdad en la plantilla

Cuarto año:

Fase 1: renovación y actualización de todo el Plan de Igualdad